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Hijos

Los hijos, adoptivos o hijastro, que no sobrepasen los 18 años y 11 meses. Sin embargo, a partir de los 9 años de edad, para efectos de afiliación al Sistema del Subsidio Familiar, se debe presentar además registro civil con parentesco la Tarjeta de identidad, documentos este que es valido hasta el cumplimiento de los 18 años cuando el requisito será la cédula de ciudadanía.

  • Formulario de Afiliación. Link: https://www.cajamag.com.co/wp-content/uploads/2024/02/SOLICITUD-DE-AFILIACION.pdf
  • Fotocopia del documento de identidad del trabajador, padre y/o madre o el documento válido de identificación para extranjeros.
  • Documento de identificación del cónyuge o compañera permanente. Si el compañero permanente es pensionado/a, anexar certificado de la mesada
  • Registro civil de nacimiento de los hijos – hijastros – hermanos huérfanos de padres – trabajador – adicionalmente los niños mayores de 7 años deben presentar tarjeta de identidad.
  • Certificado de estudio o el boletín de calificaciones para hijos mayores de 12 años. • En el caso de hijos, hermanos huérfanos de padre y madre e hijastros que presenten capacidad física disminuida, la acreditación puede ser expedida por las IPS autorizadas por la Secretarias de Salud o las entidades que hagan sus veces, las Juntas Regionales de Calificación y/o las Administradores de Riesgos Laborales, o cualquier otro que para ello autorice el Ministerio de Salud y Protección Social de acuerdo con la reglamentación que para ello emita.
  • Manifestación del estado civil de dependencia económica o convivencia: utilizar formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio del Trabajo y Cajamag, con fecha no superior a 30 días, para el caso de unión libre; para casados partida de matrimonio; para el caso de afiliación de padres se declare que el padre y/o madre no recibe pensión, salario, ni renta
  • Constancia laboral del cónyuge o compañero permanente no mayor a 3 meses, si el o ella no laboran, diligenciar formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio del Trabajo y Cajamag no mayor a 30 días.
  • Beneficiarios mayores de 18 años deberán actualizar o presentar fotocopia de la cédula de ciudadanía.

Hermanos

hermanos huérfanos de padre y madre que no sobrepasen los 18 años y 11 meses. Sin embargo, a partir de los 9 años de edad, para efectos de afiliación al Sistema del Subsidio Familiar, se debe presentar además registro civil con parentesco la Tarjeta de identidad, documentos este que es valido hasta el cumplimiento de los 18 años cuando el requisito será la cédula de ciudadanía.

  •  Formulario de Afiliación. Link: https://www.cajamag.com.co/wp-content/uploads/2024/02/SOLICITUD-DE-AFILIACION.pdf
  • Fotocopia del documento de identidad del trabajador, padre y/o madre o el documento válido de identificación para extranjeros.
  • Registro civil de nacimiento de los hijos – hijastros – hermanos huérfanos de padres – trabajador – adicionalmente los niños mayores de 7 años deben presentar tarjeta de identidad.
  • Certificado de estudio o el boletín de calificaciones para hijos mayores de 12 años.
  • En el caso de hijos, hermanos huérfanos de padre y madre e hijastros que presenten capacidad física disminuida, la acreditación puede ser expedida por las IPS autorizadas por la Secretarias de Salud o las entidades que hagan sus veces, las Juntas Regionales de Calificación y/o las Administradores de Riesgos Laborales, o cualquier otro que para ello autorice el Ministerio de Salud y Protección Social de acuerdo con la reglamentación que para ello emita.
  • Manifestación del estado civil de dependencia económica o convivencia: utilizar formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio del Trabajo y Cajamag, con fecha no superior a 30 días, para el caso de unión libre; para casados partida de matrimonio; para el caso de afiliación de padres se declare que el padre y/o madre no recibe pensión, salario, ni renta.
  • Registro Civil de defunción de los padres – en hijastros si el padre biológico falleció, anexar el registro civil de defunción.

Padres mayores de 60 años sin ingresos

Padres del trabajador mayores de 60 años, siempre y cuando ninguno de los dos reciban salario, renta o pensión alguno.

  • Formulario de Afiliación. Link: https://www.cajamag.com.co/wp-content/uploads/2024/02/SOLICITUD-DE-AFILIACION.pdf
  • Fotocopia del documento de identidad del trabajador, padre y/o madre o el documento válido de identificación para extranjeros.
  • Registro civil de nacimiento del hijo trabajador afiliado y el de los padres beneficiarios.
  • Manifestación del estado civil de dependencia económica o convivencia: utilizar formato de declaración juramentada establecido por el Ministerio del Trabajo y Cajamag, con fecha no superior a 30 días, donde se declare que el padre y/o madre no recibe pensión, salario, ni renta.
  •  Certificado de EPS, donde conste tipo de afiliación del padre o madre como beneficiario del trabajador. Este certificado debe ser presentado en los meses de marzo y septiembre de cada año.

Hijos, padres o hermanos huérfanos de padre y madre con discapacidad permanente

Personas con deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que al interactuar con diversas barreras pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad. (Ley 1346 de 2009).

  • Que el trabajador afiliado cuente con una remuneración mensual fija o variable que no exceda los 2 S.M.L.M.V.
  • La persona a cargo sobre la cual se ejercen labores de cuidado debe encontrarse afiliado a CAJAMAG como beneficiario con discapacidad.
  • La condición de discapacidad deberá acreditarse ante esta Corporación por medio de la certificación expedida por la EPS, IPS o entidad competente en donde se indica claramente el tipo de discapacidad que padece la persona y la necesidad de requerir asistencia de un tercero para el ejercicio de sus actividades básicas; si el certificado no viene con esta información se debe presentar adicionalmente al certificado del Ministerio de Salud y protección social, una certificación expedida e impresa en papelería de la EPS o IPS donde se indique la discapacidad del beneficiario a cargo del trabajador y se aclare que requiere de la asistencia de un tercero (que lo apoye en realizar las tareas básicas de la vida cotidiana) con la firma del profesional de la salud y Registro Médico (RM).

Cónyuge o compañero(a) permanente cuidador de beneficiario con discapacidad

Se entiende por “Cuidador” a la persona que apoya en la realización de las tareas básicas de la vida cotidiana de una persona con discapacidad.

  • Que el trabajador afiliado cuente con una remuneración mensual fija o variable que no exceda los 2 S.M.L.M.V.
  • Que la persona que ejerce las labores de cuidado se encuentre registrado en el núcleo del trabajador afiliado como cónyuge o compañero(a) permanente y que realice actividades de cuidado respecto a un beneficiario con discapacidad.
  • El cónyuge o compañero(a) permanente no debe contar con vinculación laboral o fuente de ingreso, renta, ni pensión, o realizar una actividad remunerada y debe depender económicamente del trabajador (a). (declaración juramentada).